NOTICIAS

Las empresas a partir de enero deberán pagar a la Seguridad Social por los becarios

Compartir en redes sociales

Las empresas, instituciones o entidades que contraten becarios no remunerados para su formación tendrán que cotizar por ellos a la Seguridad Social a partir del próximo 1 de enero. Esta nueva obligación nace del Real Decreto-Ley 2/2023, del 17 de marzo,. La norma establece que la base de cotización mensual aplicable para estos alumnos será la base mínima aplicable al grupo de cotización 8, que se multiplicará por el número de días del mes que hayan hecho prácticas. No obstante, las cuotas por contingencias comunes estarán bonificadas hasta el 95%, aunque no así la cuota por contingencias profesionales.

Pide cita previa

Rellena el formulario y nos pondremos en contacto contigo en un plazo máximo de 24h. Si lo prefieres, también puedes ponerte en contacto diréctamente con nosotros en:

SERVICIOS ONLINE

CONSULTA
ONLINE

Aclaramos cualquier duda que tengas en un plazo máximo de 24h. Online, confidencial y seguro.

DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

Inicia los trámites online de forma rápida y segura.

Este portal web únicamente utiliza cookies propias con finalidad técnica, no recaba ni cede datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento.

Sin embargo, contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas a esta empresa que usted podrá decidir si acepta o no cuando acceda a ellos.

Mas Información