Un nuevo pronunciamiento histórico del Tribunal Supremo ha marcado un antes y un después para las parejas de hecho: aquellas personas que formalizaron su relación antes de 2014 podrán cobrar pensión de viudedad. De esta manera, el Alto Tribunal —reconociendo una vulneración de los derechos humanos— ha decidido estimar la demanda presentada por una mujer que, viuda desde 2014, vio como el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegaba una pensión «por no haber existido convivencia de al menos cinco años como pareja de hecho registrada».