El Tribunal Supremo (TS) impide que las compañías resten del sueldo de los trabajadores u obliguen a devolverle la parte correspondiente en que el empleado no pudo ejercer su trabajo por cortes en el suministro de la luz o internet. En una sentencia del 19 de septiembre de 2023, determina que las condiciones laborales del personal que presta servicio mediante teletrabajo «no pueden ser de peor condición que las del trabajo presencial».