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El trabajador de una subcontrata se rige por el convenio de su empresa y no por el del licitador público

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En las licitaciones públicas, los trabajadores de las subcontratas se rigen por los convenios a aplicables a los trabajadores a los que se refiere el contrato objeto de licitación y no por los aprobados por la Administración adjudicadora para sus propios trabajadores, tal y como determina el Tribunal Supremo, en sentencia de 3 de julio de 2023.

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