Aunque una empresa extinga la contrata de limpieza porque asume esta actividad con nuevos empleados internalizando el servicio, debe mantener los puestos de los antiguos trabajadores porque existe una subrogación empresarial.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco estima la demanda de los trabajadores subcontratados y declara nulo el despido colectivo encubierto que afectó a 76 empleados, condenando a la entidad que había adjudicado el contrato de limpieza a otra empresa.