El Tribunal Supremo ha rectificado su doctrina sobre el acceso a la incapacidad permanente desde la jubilación anticipada por discapacidad. En una sentencia dictada hace menos de un mes, sostiene que si la persona no ha cumplido la edad de jubilación (65 o 67 años) es posible esta situación. La Sala de lo Social rectifica así la línea que había mantenido desde 2018 en virtud de diferentes resoluciones del Tribunal Constitucional dictadas el año pasado, relativas al principio de igualdad y no discriminación.