Así, lo establece el Tribunal Supremo, en sentencia de 9 de marzo de 2022, en la que el ponente, el magistrado Bodas Martín, determina que se puede compensar la indemnización abonada con ocasión de la extinción del último contrato por decisión empresarial, al mismo tiempo que el propio juzgado reconoce el abono de una indemnización, al considerar que ese despido debe considerarse improcedente