El desplazamiento desde el lugar de trabajo no finaliza por aparcar el vehículo en el parking del edificio donde el trabajador tiene su domicilio. Así lo ha dictaminado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, que ha reconocido en una reciente sentencia que una lesión sufrida en el garaje es accidente laboral in itinere, es decir, producido al ir o al volver al trabajo.