A través de una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha fijado el plazo para que el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) notifique a los interesados la resolución de sus procedimientos, o, en caso contrario, se produzcan los efectos del silencio administrativo positivo.
De esta forma el alto tribunal fija doctrina determinando que el FOGASA tiene tres meses contados a partir de la presentación en forma de la solicitud para dictar una resolución expresa y, dentro de los diez días siguientes, deberá cursar «de forma idónea la notificación» dentro de los diez días siguientes a la misma.
En caso de no poder probar que el intento de comunicación revistió las formalidades exigibles, se entenderá que la solicitud ha sido aprobada.
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