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El Tribunal Supremo determina que los herederos pueden reclamar indemnizaciones en el ámbito laboral

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El Tribunal Supremo ha reconocido por primera vez el derecho de los herederos a beneficiarse de indemnizaciones económicas en el ámbito laboral.

En su reciente sentencia reconocía a los herederos de un extrabajador de la empresa que manipulaba amianto, y que murió de un cáncer provocado por éste tóxico, el derecho a la indemnización por daños y perjuicios que correspondía a su viuda pese a que la misma ya hubiese fallecido.

El Supremo mantiene que esta prestación económica, al ser por motivos laborales, se encuentra dentro del «caudal hereditario» y por lo tanto pueden seguir beneficiándose los familiares de ella a pesar del fallecimiento de la viuda.

A través del siguiente enlace podrán acceder a la noticia completa:

http://www.expansion.com/juridico/sentencias/2018/10/15/5bc4a92546163f530e8b45c8.html

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