El Tribunal Supremo determina que las empresas pueden deducirse el 100% del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicado a la compra de vehículos para sus agentes comerciales.
Hasta ahora, Hacienda venía aceptando solo deducciones sobre el 50% del impuesto alegando que el beneficio fiscal pleno estaba solo dirigido a estos trabajadores cuando fueran autónomos. El Supremo aclara que esta deducción es válida también para los agentes comerciales asalariados y abre la puerta a que miles de empresas recuperen esa otra parte del dinero pagado en los últimos años.
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