La Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea el pasado 1 de Diciembre de 2016 establece que serán nulos los despidos de trabajadores que se encuentren en situación de incapacidad temporal «duradera» por accidente laboral, al considerar que son discriminatorios por razón de discapacidad.
De esta forma estos despidos pasan de ser improcedentes a nulos, conllevando la condena de readmisión inmediata del trabajador.
Al no existir una definición de «limitación de capacidad duradera», el juez deberá atender a que la incapacidad del trabajador no presente una perspectiva bien delimitada en cuanto a su finalización a corto plazo o que dicha incapacidad pueda prolongarse significativamente.