El Tribunal Supremo (TS) pone coto a las cláusulas introducidas en los contratos de trabajo que permiten a la empresa despedir sin indemnización a los trabajadores que incumplan los objetivos fijados.
El alto tribunal, en una reciente sentencia del 16 de septiembre, señala que las cláusulas que exigen un rendimiento mínimo al trabajador son válidas y no abusivas si se respetan un límites u objetivos normales o ajustados a los principios de la buena fe. Sin embargo, el problema llega cuando las compañías fijan de forma unilateral (es decir, eludiendo la negociación colectiva o con los representantes de los trabajadores) los objetivos a cumplir sin establecer unos criterios homogéneos de comparación entre los empleados y sin tener en cuenta las circunstancias que rodean a cada trabajador para alcanzarlos.