NOTICIAS

La empresa debe avisar que no regalará más lotería por escrito o no caducará el plazo de reclamación de los trabajadores

Compartir en redes sociales

Si la empresa retira unilateralmente una prestación concedida voluntariamente a los trabajadores, como es una participación de la lotería de Navidad, sin comunicarla expresa y fehaciente por escrito, no caduca el derecho de los empleados a reclamarla ante los tribunales, según establece el Tribunal Supremo, en sentencia de 23 de mayo de 2023.

El ponente, concluye que se produce «inexistencia de caducidad de la acción porque la empresa no había notificado por escrito su decisión, sin que resultase eficaz, al efecto, lo manifestado en una reunión con los representantes legales de los trabajadores».

Pide cita previa

Rellena el formulario y nos pondremos en contacto contigo en un plazo máximo de 24h. Si lo prefieres, también puedes ponerte en contacto diréctamente con nosotros en:

SERVICIOS ONLINE

CONSULTA
ONLINE

Aclaramos cualquier duda que tengas en un plazo máximo de 24h. Online, confidencial y seguro.

DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

Inicia los trámites online de forma rápida y segura.

Este portal web únicamente utiliza cookies propias con finalidad técnica, no recaba ni cede datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento.

Sin embargo, contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas a esta empresa que usted podrá decidir si acepta o no cuando acceda a ellos.

Mas Información