El Tribunal Constitucional (TC) frena a Hacienda y exige que las parejas de hecho puedan acceder a los beneficios fiscales reservados para los convivientes aunque no estén inscritos en el registro autonómico. En concreto, la Sala Segunda del TC, en sentencia cuyo ponente ha sido el magistrado Cándido Conde-Pumpido Tourón, ha estimado por unanimidad el recurso de amparo en el que la integrante de una pareja de hecho inscrita en un registro municipal madrileño -el de Rivas Vaciamadrid- impugnó la decisión de la administración tributaria, ratificada judicialmente, que le denegó la bonificación autonómica en la cuota tributaria en un caso de donación de una parte de la vivienda familiar que compartía con su pareja.