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El TS establece que los permisos retribuidos deben disfrutarse en días laborables

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La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha resuelto que todos los permisos laborables retribuidos deben disfrutarse en días laborables. Por tanto, si el hecho causante de uno de estos permisos tiene lugar en un día no laborable, el día en el que se inicia dicho permiso deberá el primer día laborable posterior.

En el siguiente enlace podrás encontrar la noticia de prensa al completo:

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/06/02/economia/1591126825_814537.html

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